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Absentismo e incapacidad temporal

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Absentismo e incapacidad temporal

El absentismo, gestionado con hechos, no con sospechas.

Verificamos si la actividad real de una persona es compatible con la situación de incapacidad declarada, mediante investigación legítima, proporcionada y realizada por personal habilitado. Para que la empresa decida sobre evidencias, no sobre percepciones.

Detectives habilitados · Ley 5/2014 Actuación proporcional Informe ratificable en juicio

El reto

Cuando la baja no encaja con lo que se observa.

El absentismo irregular no es solo un coste: erosiona la equidad interna y la moral de quienes sí cumplen.

Coste directo y organizativo

Sustituciones, horas extra, replanificación y complemento de prestaciones. El impacto de una baja irregular va mucho más allá de la nómina.

Señales difíciles de acreditar

Comentarios, redes sociales o coincidencias no bastan. Las percepciones no son prueba, y actuar sobre ellas expone a la empresa.

Riesgo de hacerlo mal

Una actuación precipitada o desproporcionada puede convertir un caso claro en un despido improcedente o en una vulneración de derechos.

Una sospecha puede justificar un análisis.

Solo la evidencia permite decidir con seguridad.

La solución

Verificación profesional de la compatibilidad
entre situación declarada y actividad real

Valoramos primero los indicios: patrones de ausencia, reiteración, contexto y viabilidad de la actuación. Solo cuando existe una sospecha fundada diseñamos una investigación a medida, realizada por detectives privados habilitados, centrada en documentar hechos objetivos y verificables.

No valoramos la enfermedad ni el diagnóstico: documentamos si la actividad observada es compatible con las limitaciones declaradas, para que la empresa y sus asesores decidan con fundamento.

Valoración previa de indicios Observación en espacios públicos Contraste documental Fuentes abiertas

Lo que enwork NO hace

  • No accede a historiales clínicos ni a datos de salud.
  • No entra en domicilios ni vigila espacios privados.
  • No intercepta comunicaciones ni dispositivos personales.
  • No emite juicios médicos: documenta hechos observables.

Cómo trabajamos

Tres vías de verificación,
una sola exigencia: rigor.

Cada actuación se diseña para el caso concreto, con medidas idóneas, necesarias y proporcionadas al indicio existente.

1

Análisis de indicios

Patrones de ausencia, reiteración de bajas, contexto del puesto y señales disponibles. Determinamos si la investigación es necesaria y viable.

2

Comprobación operativa

Observación en espacios públicos por detectives habilitados, con soporte gráfico y registro detallado de fechas, horas y hechos.

3

Contraste documental y de fuentes abiertas

Actividad pública, registros y documentación relevante que corrobore o descarte la incompatibilidad detectada.

Qué recibe

Un informe que se sostiene
donde tiene que sostenerse.

El resultado está pensado para la mesa de RR. HH., para la asesoría jurídica y, si llega el caso, para la sala de vistas.

Informe de investigación

Hechos documentados con fechas, horas y soporte gráfico, diferenciando indicios, hechos acreditados y conclusiones.

Ratificación en juicio

El detective que firma el informe puede ratificarlo ante los tribunales, aportando plena eficacia probatoria a la investigación.

Acompañamiento a la decisión

Sesión de interpretación con la empresa y sus asesores para valorar el encaje laboral de los hechos acreditados.

Garantías

Investigación legítima, de principio a fin.

La investigación del absentismo es una facultad legítima de control empresarial (art. 20.3 del Estatuto de los Trabajadores) cuando se ejerce de forma proporcionada. En enwork la ejercemos además bajo la regulación profesional de la seguridad privada.

  • Habilitación: actuaciones realizadas por detectives con licencia (Ley 5/2014 de Seguridad Privada).
  • Proporcionalidad: cada medida responde al indicio y supera el triple juicio (idoneidad, necesidad, proporcionalidad).
  • Límites claros: observación solo en espacios públicos; nunca datos de salud ni esfera íntima.
  • Trazabilidad: procedencia y tratamiento de cada evidencia documentados conforme al RGPD y la LOPDGDD.

Sobre hechos, no sobre diagnósticos

El objeto de la investigación nunca es la enfermedad, sino la compatibilidad entre la actividad observada y las limitaciones declaradas. Esa distinción protege a la persona investigada y hace útil la prueba.

Discreción absoluta

Información compartimentada, comunicación restringida a los interlocutores designados y entrega segura de los informes. La investigación no altera el funcionamiento de la organización.

Proceso

De la sospecha al informe
en cuatro pasos.

Desde la primera consulta hasta la ratificación, con un interlocutor único y plazos definidos desde el inicio.

1

Consulta y viabilidad

Analizamos los indicios con absoluta reserva y le indicamos si la investigación es necesaria, legítima y viable.

2

Diseño de la actuación

Definimos objetivo, alcance, duración y medidas proporcionadas al caso concreto.

3

Investigación

Ejecutamos la comprobación operativa y el contraste documental, preservando la trazabilidad de cada evidencia.

4

Informe y ratificación

Entregamos el informe, lo interpretamos con sus asesores y, si el caso llega a juicio, lo ratificamos.

Preguntas frecuentes

Lo que suelen preguntarnos.

¿Es legal investigar a un trabajador de baja?

Sí. La empresa puede verificar el cumplimiento de las obligaciones laborales (art. 20.3 ET) y encargar la comprobación a detectives habilitados, siempre con medidas proporcionadas y limitadas a espacios públicos y hechos observables. Nunca se investigan datos de salud.

¿El informe sirve como prueba en juicio?

El informe de un detective habilitado, ratificado en sede judicial, es un medio de prueba admitido y valorado habitualmente en la jurisdicción social. Por eso documentamos cada hecho con fecha, hora y soporte gráfico.

¿Se enterará la persona investigada?

La actuación es discreta por diseño y se desarrolla sin interferir en la vida de la persona ni en la organización. La información se comparte únicamente con los interlocutores que la empresa designe.

¿Y si la investigación no confirma la sospecha?

También es un resultado valioso: descarta el conflicto, evita decisiones erróneas y protege la relación laboral. Investigamos hechos, no confirmamos prejuicios.

Primera valoración

¿Sospecha de una situación de absentismo irregular?

Cuéntenos el caso con absoluta reserva. Le indicaremos si la investigación es viable, qué medidas serían proporcionadas y qué evidencias cabría esperar. Sin compromiso.

Solicitar valoración confidencial

Aviso. Las investigaciones se realizan por personal habilitado conforme a la Ley 5/2014 de Seguridad Privada, limitadas a hechos observables en espacios públicos y a fuentes de acceso legítimo, sin tratamiento de datos de salud. El informe documenta hechos; cualquier decisión laboral corresponde a la empresa con el asesoramiento jurídico oportuno. Este material tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico.

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